Abogado Tráfico Drogas

Despacho en Torremolinos

Vanesa Morales  Abogada Penalistas Málaga, contamos con el mejor sistema  de defensa de este tipo de delitos,  Abogados Expertos en Delito Contra la Salud Pública.

Es importante tener en cuenta que no sólo constituye delito vender droga a un amigo, también regalársela porque entra en la modalidad "promover, favorecer, facilitar el consumo". Igualmente, no es sólo delito el transportar la droga, sino también el mero hecho de poseer la droga en casa antes de transportarla.

A efectos prácticos, en el delito de tráfico de drogas lo importante es determinar si se trata de una sustancia que causa "grave daño a la salud pública" o no, ya que la pena será distinta. Se consideran drogas que causan grave daño a la salud: la morfina, la heroína, la cocaína, las anfetaminas, el ácido lisérgico (LSD) y las drogas de diseño como el éxtasis (MDMA), con penas de 3 a 6 años de prisión y multa, mientras que se consideran drogas que no causan grave daño a la salud: la marihuana, el hachís, el tranxilium, el trankimazin, el codeisán y otros medicamentos derivados del opio, con pena de prisión de 1 a 3 años y multa.

Existen modalidades agravadas, que se concretan en las siguientes:

  • Si el culpable es funcionario público, trabajador social o profesor y aprovecha su cargo para la comisión del delito.
  • Si la droga se facilita a menores de 18 años, disminuidos psíquicos o personas en tratamiento de deshabituación.
  • Si la cantidad de droga es de notoria importancia. Los jueces han determinado una cantidad concreta para cada tipo de droga ej: 2,5 kg de hachís o 750 grms de cocaína.
  • Pertenencia a organización delictiva.
  • Si se utiliza a menores de edad o disminuidos psíquicos para la comisión del delito.
  • Utilización de buques, embarcaciones o aeronaves para la comisión del delito.

AUTOCONSUMO, no constituye delito siempre que las sustancias sean destinadas para ello. El Tribunal Supremo determina ciertos criterios para la apreciación o no del autoconsumo, por ejemplo: poseer 25 grms de hachís o 7,5 grms de cocaína, que se encuentren junto a la droga instrumentos para cortarla o preparar su distribución, etc.

 

Abogada Vanesa Morales
 

CASOS REALES LLEVADOS CON ÉXITO

1) Letrada de investigado en "OPERACIÓN LOS CARRILEROS" Juzgado de Instrucción nº 1 de Coín

2) ST 15/06/2021, Juzgado de lo Penal nº 15 de Málaga

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